Tras la importancia que se le está dando a las acciones a favor de proteger el medio ambiente y la nueva normativa acerca de ello, el certificado de eficiencia energética se convierte en algo obligatorio a la hora de realizar diferentes gestiones con un inmueble.

Sin embargo, este certificado sigue siendo algo desconocido para muchos y se ha convertido, por desgracia, en una fuente de timos por parte de profesionales que no pueden expedirlo.

¿Qué es el certificado de eficiencia energética?

Es un documento oficial expedido por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.

El certificado de eficiencia energética califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento. Además, también debe contener información acerca de las emisiones de CO2 del inmueble.

Este certificado incluye una etiqueta energética. La escala de calificación energética es de siete letras y varía entre las letras A (edificio más eficiente energéticamente) y G (edificio menos eficiente energéticamente). Hoy en día, es obligatorio que los edificios tengan, como mínimo una E.

¿Qué contiene el certificado de eficiencia energética?

  • Identificación del edificio o, si es el caso, de la parte del mismo que se certifica
  • Identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética de un edificio que indique lo siguiente:
  • Descripción de las características energéticas del edificio, envolvente térmica, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, instalaciones y otros datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.
  • Identificación de la norma sobre eficiencia energética que debe cumplir (Si existiera).
  • Descripción de las actividades realizadas por el técnico certificador, las cuales tuvieran como finalidad el establecer que la información del certificado sea veraz.
  • Etiqueta energética del inmueble.
  • Documento que recoja las medidas recomendadas por el técnico destinadas a mejorar dicha eficiencia. Son actividades no obligatorias.

¿Es obligatorio este certificado?

La norma actual exige que todos los edificios existentes, cuando se vendan o se arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética. Por tanto, si se va a realizar cualquier actividad de compraventa o alquiler, el notario reclamará el certificado energético.

Una de las razones de su obligatoriedad es el estrecho círculo que se está realizando sobre los edificios poco eficientes y que emiten grandes cantidades de CO2.

Es importante saber que, dependiendo de la certificación energética, el inmueble no podrá ser ni vendido ni alquilado si tiene menos de una etiqueta E.

¿Cuando es necesario obtener el certificado de eficiencia energética?

De acuerdo con el Real Decreto 235/2013 es obligatoria la obtención del certificado energético en los siguientes casos:

1) Edificios de nueva construcción:

Para edificios nuevos, el documento del Registro del Certificado de Eficiencia Energética del Edificio terminado será requisito obligatorio para que la administración competente otorgue la primera licencia municipal de ocupación, en viviendas, o licencia de apertura, en edificios del sector terciario.

El documento de registro será también obligatorio para la obtención de segundas o ulteriores licencias de ocupación o de apertura, cuando la primera licencia se haya solicitado después del 1 de noviembre de 2007.

2) Edificios existentes:

Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Se entiende por parte de un edificio la unidad, planta, vivienda o apartamento de un edificio o de un local destinado a un uso independiente.

Para estos edificios, será obligatoria la presentación de este documento de registro en el momento de la firma del contrato de compraventa o alquiler del inmueble, de acuerdo con el Real Decreto 235/2013.

3) Edificios públicos:

Edificios o partes de un edificio existente en los que una entidad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 y que sea frecuentado por público.

Desde el 9/07/2015 cuando la superficie útil total sea superior a 250m2.

Desde el 31/07/2015 cuando la superficie útil total sea superior a 250m2 y esté en régimen de arrendamiento.

¿Cuando no es necesario obtener el certificado de eficiencia energética?

Hay algunos casos puntuales los cuales no es necesario obtener este certificado:

  • como los edificios religiosos y monumentos históricos
  • viviendas que no se alquilen más de 16 semanas al año
  • edificios industriales o agrícolas
  • inmuebles en demolición o construcciones provisionales
  • viviendas y locales comerciales de menos de 50 metros cuadrados siendo edificios aislados.

¿Quién realiza el certificado energético?

Según el RD 235/2013 pueden realizar este certificado de eficiencia energética aquellos profesionales cuya titulación les permita realizar proyectos de obra o dirigirlas, dirección de ejecución de obras de edificación o realizar instalaciones térmicas.

Además, según la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación pueden realizarlo los profesionales que acrediten una cualificación profesional requerida para expedir este certificado, si cumplen la disposición adicional cuarta de esa Ley. Este es el caso, por ejemplo, de los Ingenieros.

El fraude de los certificados de eficiencia energética

Es algo lógico que el certificado tiene un coste que depende de las características del edificio o el técnico que lo realiza. Algunos de estos técnicos (que ponen precios muy bajos), no pueden realizar de forma oficial este certificado. Hay que tener cuidado porque, en este caso, lo barato puede salir caro.

Te damos una serie de consejos para evitar ser víctima de un fraude al contratar a un profesional que te expide este certificado energético:

  • El técnico debe acudir al inmueble: Para hacer un certificado es totalmente necesario revisar a fondo la vivienda. En caso contrario, no te fíes.
  • Potencias y consumos eléctricos: Uno de los aspectos más importantes es la eficiencia energética de la vivienda y, para saberlo,es necesario revisar la potencia y consumo de los diferentes aspectos de la vivienda, como puede ser la instalación de agua caliente o el sistema eléctrico.
  • Solicita factura: Si no has firmado ningún contrato en el que se especificara qué trabajo se iba a realizar, pide una factura. Muchos de los “profesionales” que llevan a cabo este tipo de fraude no expiden factura puesto que no poseen los datos oficiales necesarios.
  • Acude a colegios profesionales: En ellos te aconsejaran sobre qué tipo de profesional puede llevar a cabo este trabajo.
  • Verifica las credenciales del profesional que contrates: Muchas veces nos fiamos de la palabra de la gente pero no verificamos si lo que dicen es verdad o no. Una verificación de este tipo no cuesta nada y puede evitar que algo barato te salga caro.

¿Qué ofrece Terol Ingenieros?

En Terol Ingenieros realizamos tu certificado energético en Alcoy, Cocentaina, Muro, Ibi y alrededores, tambien en las poblaciones de la costa. Un ingeniero se desplaza al domicilio y examina el inmueble, los materiales de construcción y hace las mediciones correspondientes para poder finalizar el certificado energético, nos comprometemos que en máximo 48 horas está listo.

Para el caso de edificios enteros, realizamos el certificado de eficiencia energética junto con los demás proyectos de instalaciones.

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Certificado de eficiencia energética